Interruptores de leva de la serie 10
Condiciones de la garantía de 10 años
Vigencia a partir del:1 de septiembre de 2026
Entidad responsable de la garantía: SEZ – HOLDING s.r.o., Hornádska 1, 053 42 Krompachy, República Eslovaca, n.º de identificación: 44519044 («SEZ»)
1. Ámbito de aplicación de la garantía
SEZ ofrece una garantía de 10 años para los interruptores de leva SEZ que, en el momento de la compra, estén expresamente identificados con la denominación «Serie 10 ».
2. Plazo de garantía
La garantía se aplica a los interruptores de leva de la serie 10 siempre que se instalen correctamente y se utilicen para el fin previsto.
El periodo de garantía de los interruptores de leva de la serie 10 es de 10 años y comienza en la fecha de la primera puesta en servicio, en el caso de los interruptores de leva puestos en servicio por SEZ. Para el resto de interruptores de leva de la serie 10, el periodo de garantía comienza en la fecha de compra por parte del cliente a SEZ, a un distribuidor autorizado o a un vendedor autorizado.
En el caso de los interruptores de levas de la serie 10 puestos en servicio por SEZ, la fecha de la primera puesta en servicio figura en los registros de puesta en servicio de SEZ.
Si el cliente no puede facilitar la documentación de puesta en servicio, se utilizarán los registros de puesta en servicio de SEZ para determinar la fecha de la primera puesta en servicio.
3. Cobertura de la garantía
SEZ garantiza que los interruptores de leva de la serie 10 incluidos en la garantía estarán libres de:
- defectos en los materiales;
- defectos de fabricación; y
- desgaste mecánico prematuro,
siempre que el producto se haya seleccionado, instalado, utilizado y mantenido correctamente, de acuerdo con el uso previsto, la documentación técnica aplicable de SEZ y las condiciones especificadas para el producto.
4. Instalación y funcionamiento correctos
Para que se aplique la garantía, el Cam Switch debe estar correctamente instalado y conectado:
- de conformidad con las instrucciones de instalación y la documentación técnica aplicables de la ZEE; y
- por una persona debidamente cualificada, cuando así lo exijan la normativa aplicable o la naturaleza de la instalación.
El producto debe utilizarse dentro de los parámetros eléctricos, mecánicos y ambientales especificados, y destinarse al uso previsto.
5. Sustitución «uno por uno»
Si SEZ confirma que un interruptor de levas de la serie 10 presenta un defecto cubierto por la garantía o un desgaste mecánico prematuro durante el periodo de garantía, SEZlo sustituirápor otro igual.
El producto defectuoso se sustituirá por:
- del mismo tipo de producto; o
- cuando el producto original ya no se fabrique o no esté disponible por cualquier otro motivo, un producto de la ZEE técnicamente equivalente.
La selección de un producto sustitutivo técnicamente equivalente la determinará SEZ en función de los requisitos técnicos y la aplicación prevista del producto original.
6. Sustitución sin coste alguno
En caso de que SEZ confirme que una reclamación de garantía está cubierta por la presente garantía, SEZ proporcionará el interruptor de leva de recambio y se hará cargo del transporte del producto de recambio hasta el lugar de entrega acordado, sin coste alguno para el cliente.
Los costes derivados de la retirada del interruptor de leva defectuoso, la instalación del producto de sustitución, la puesta en marcha, la mano de obra y otros servicios relacionados no están incluidos en la garantía, salvo que SEZ acuerde lo contrario por escrito.
El procedimiento exacto y la coordinación de la sustitución se acordarán entre SEZ y el cliente, el distribuidor autorizado o el vendedor autorizado que se encargue de la reclamación de garantía.
7. Procedimiento de reclamación de garantía
Se puede presentar una reclamación de garantía:
- directamente a la ZEE;
- a través de un distribuidor autorizado; o
- a través del distribuidor autorizado al que se compró el producto.
El reclamante debe facilitar información suficiente para que SEZ pueda identificar el producto y evaluar la reclamación de garantía.
La reclamación deberá incluir, cuando sea posible:
- denominación y tipo del producto;
- identificación del producto o número de serie;
- Registros de puesta en servicio de las ZEE;
- condiciones de aplicación y funcionamiento;
- descripción del fallo o del desgaste observado;
- justificante de compra u otra documentación que acredite el periodo de garantía; y
- fotografías, resultados de pruebas u otra información que SEZ solicite de forma razonable.
SEZ podría solicitar que el interruptor de leva defectuoso se ponga a su disposición para su inspección o se devuelva para su evaluación técnica.
8. Evaluación de la reclamación de garantía
SEZ evaluará el defecto o el desgaste mecánico prematuro denunciados y notificará al reclamante su decisión en un plazo de 30 días naturales a partir de la recepción de toda la información y la documentación que sea razonablemente necesaria para evaluar la reclamación.
Si la SEZ necesita información o documentación adicional del solicitante, el plazo de 30 días comenzará a contar a partir de la recepción de dicha información o documentación.
Una reclamación de garantía estará cubierta cuando el fallo sea atribuible a un defecto de materiales, fabricación o desgaste mecánico prematuro, y se hayan cumplido las condiciones establecidas en las presentes Condiciones de Garantía.
SEZ podrá realizar una inspección técnica o unas pruebas antes de confirmar la reclamación de garantía.
Si la avería comunicada no está cubierta por esta garantía, SEZ informará al solicitante del motivo.
9. Exclusiones
La garantía no cubre los defectos, daños o averías derivados de:
- una instalación o un cableado incorrectos;
- instalación contraria a la documentación técnica de la ZEE;
- la instalación por parte de una persona no cualificada cuando la normativa aplicable exija una instalación realizada por personal cualificado;
- una selección incorrecta del producto o un uso fuera de la aplicación prevista;
- funcionamiento fuera de los parámetros eléctricos, mecánicos o ambientales especificados;
- daños derivados de sobrecargas, cortocircuitos u otras condiciones de funcionamiento que superen las especificaciones del producto o su capacidad de resistencia especificada;
- daños mecánicos, golpes, fuerza excesiva o manejo inadecuado;
- un almacenamiento o transporte inadecuados que incumplan las condiciones de almacenamiento o transporte especificadas por la ZEE;
- modificación, alteración o reparación no autorizada;
- el uso del producto en contra de las instrucciones de SEZ o de la documentación técnica;
- daños causados por equipos externos, sistemas conectados u otros componentes;
- condiciones ambientales anómalas que no se ajusten a las especificaciones del producto;
- otras circunstancias ajenas a defectos en los materiales, la fabricación o el desgaste mecánico prematuro.
A efectos de las presentes Condiciones de Garantía, se entiende por «desgaste mecánico prematuro» aquel desgaste mecánico que se produce mucho antes de la vida útil prevista o del número de ciclos de funcionamiento especificados por SEZ para el producto en cuestión.
El desgaste normal que no constituya un desgaste mecánico prematuro no está cubierto por esta garantía.
10. Producto de sustitución y plazo de garantía
El producto de sustitución suministrado en virtud de esta garantía sustituye al producto defectuoso y no reinicia automáticamente el plazo de garantía original de 10 años. El producto de sustitución seguirá estando cubierto hasta que expire el plazo de garantía aplicable al producto defectuoso.
11. Ausencia de limitación de los derechos imperativos
La presente garantía es una garantía voluntaria del fabricante ofrecida por SEZ, que se suma a los derechos y recursos obligatorios de que dispone el cliente en virtud de la legislación aplicable.Ninguna disposición de las presentes condiciones de garantía excluye ni limita los derechos que no puedan excluirse ni limitarse legalmente.
12. Legislación aplicable
Las presentes condiciones de garantía se regirán e interpretarán de conformidad con la legislación de la República Eslovaca, salvo que la legislación aplicable de carácter imperativo disponga lo contrario.
13. Disposiciones finales
La versión actual de estas condiciones de garantía se aplica a los interruptores de leva de la serie 10 adquiridos a partir de la fecha de entrada en vigor indicada anteriormente.
SEZ se reserva el derecho a modificar estas condiciones de garantía para futuras compras.
Las condiciones de garantía aplicables a un producto concreto son las vigentes en el momento de la compra, salvo que se acuerde lo contrario por escrito.